Reclamar perdidas empresa
¿Tu empresa tuvo una pérdida de ingresos por el Covid? ¿Tienes un local y dejaste de cobrar una parte o todo del alquiler?
¿Sabes que puedes reclamar al seguro las pérdidas en tu negocio o por impago del alquiler de tu local como consecuencia del estado de alarma por la pandemia? El lucro cesante o pérdida de beneficios es siempre resultado de una interrupción de la actividad debido a una contingencia determinada.
Tiempo limitado para reclamar
¿Y esto se va a acabar? Sí. El artículo 23 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro dice que “Las acciones que se deriven del contrato de seguro prescribirán en el término de dos años”. Por tanto, si se declaró el estado de alarma el 14 de marzo de 2020 (Real Decreto 463/2020), y tras sucesivas prórrogas venció el 9 de noviembre de 2020, podrás presentar la reclamación como muy tarde el 13 de marzo de 2022 para ser precavido. Y si no lo haces, no tendrás la posibilidad de resarcir esa pérdida de ingresos que por tener cerrado tu negocio o también la pérdida del alquiler debido al cierre de la actividad mercantil de tu inquilino.