entregar peritaje perito

El Seguro está obligado a entregar el peritaje?

¿La compañía de seguros está obligada a entregar el peritaje del perito que te envía para visitar tu vehículo, los daños de tu empresa, tu vivienda, la comunidad de vecinos o tus lesiones a causa de un accidente cuando eres asegurado? La respuesta es NO aunque hay alguna excepción.

Entregar peritaje en los seguros de daños propios

La Ley de Contrato de Seguro obliga al asegurado a darle al asegurador todo tipo de informaciones sobre las causas, circunstancias, consecuencias y valoración de los daños, así como de las medidas tomadas para minimizar los daños y la de salvar aquellos bienes que pudieran quedar afectados en el accidente. Por tanto es misión imperativa del asegurado actuar de este modo y nada menos recomendable que recurrir a peritos expertos como los de ClaimCenter para que ayuden al asegurado para con esta tarea laboriosa y compleja.

Pero así como la Ley obliga a que sea el asegurado el que deba dar y facilitar todo tipo de información, pruebas y evidencias objetivas al seguro, la Ley no obliga a la aseguradora a enviar peritos. La Ley tampoco obliga al asegurado a colaborar con el perito del seguro. Por tanto si el seguro envía a un perito para que vaya al riesgo, es un tema totalmente voluntario por parte de la aseguradora y también es voluntario que el asegurado preste colaboración con ese profesional. En ningún caso es obligatorio que el asegurado colabore con los técnicos de la aseguradora, pero recomendamos que lo haga puesto se trata de un ejercicio de transparencia y buena concordia entre las partes, sobretodo del asegurado para con la compañía de seguros.

Puesto la aseguradora sabe que el asegurado, por tacañería o dejadez, no hará esa labor obligatoria y no buscará la ayuda de un perito, la aseguradora envía al perito sin tener la obligación para que haga el trabajo que el asegurado debería haber hecho de entrada. Y puesto el tema del perito del seguro no es un tema obligatorio sino estrictamente voluntario, la aseguradora se reserva el pleno derecho a dar una copia del informe al asegurado. Si al seguro le da la gana le dará al asegurado una copia del informe y si no, no se la dará.

Lo más normal y correcto sería que, puesto el asegurado ha colaborado voluntariamente con la aseguradora permitiendo que el perito del seguro acuda para ver el origen de las causas y circunstancias del siniestro, y las consecuencias para realizar una tasación de los daños, lo normal sería la aseguradora le diera una copia del informe para obrar con el mismo sentido de colaboración, transparencia y juego limpio. Pero la verdad es que si la aseguradora quiere, puede negarse en redondo a dar una copia del informe pericial al asegurado. Y obviamente no hace falta que le pidas el informe al perito del seguro ya que, puesto no has sido tú quien le ha encargado el informe, no te lo dará.

¿Y que tú creías que las cosas funcionaban de otra manera y era el seguro quien debía de enviarte al perito, los operarios u otras historias? Pues no. Ya ves que la norma dice que deberían funcionar de otra manera a cómo funciona.

Los temas de responsabilidad civil no de circulación

Los casos donde tú eres perjudicado y viene el perito de la aseguradora del culpable del accidente, funciona exactamente igual que en caso anterior. Si tú quieres prestar colaboración voluntaria la prestas, pero lo único que te obligará la Ley a ti es a acreditar y motivar con evidencias objetivas los daños y pérdidas que hayas sufrido con los medios que tengas a tu alcance. Por tanto puedes contratar tú al perito y efectuar la reclamación con tus medios obviando los medios del seguro del culpable. Si tú prestas colaboración al seguro es un tema estrictamente discrecional y de transparencia, pero que sepas que no tienes ninguna obligación.

Entregar peritaje en temas de responsabilidad civil derivados de accidentes de circulación de vehículos a motor

En este caso estamos igual que en los otros dos anteriores. Es el perjudicado que haya padecido los daños materiales y/o lesiones quien deberá aportar todo tipo de peritajes, pruebas y demás evidencias objetivas para formular una reclamación previa a la aseguradora del culpable donde ésta deberá contestar, antes de 3 meses desde la fecha de tu reclamación, con una oferta motivada de indemnización. Y esa oferta motivada significa que el asegurador del culpable del accidente sí deberá aportar todos los informes periciales y demás documentación en los que se basa para el cálculo de la propuesta de indemnización. Otra cosa muy distinta es que, como siempre, si el perjudicado no hace nada lo haga todo la compañía de seguros. Pero como ya hemos dicho, todo es voluntario.

Conclusiones

Por tanto ya sabes que el seguro no está obligado a entregar el peritaje, salvo en el último escenario, a darte ningún informe pericial, seas asegurado o perjudicado en el accidente.

Y suponemos que después de toda exposición te habrá quedado meridianamente claro que los peritos de las aseguradoras ni los propios seguros no mandan ni en tu casa, ni en tu empresa ni con tu coche ni en nada. No deciden absolutamente nada. Su única misión es informativa con respecto a las causas, circunstancias, consecuencias y principalmente la tasación económica de los daños.

 

42 replies
  1. omnadren 250
    omnadren 250 says:

    31630 517056I just want to tell you that Im extremely new to weblog and honestly liked this internet site. More than likely Im preparing to bookmark your weblog post . You surely come with exceptional articles and reviews. Bless you for sharing your web internet site. 443081

    Responder

Leave a Reply

Want to join the discussion?
Feel free to contribute!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.