accidente laboral seguro empresa siniestro persona

Los accidentes laborales y la Responsabilidad Civil Patronal de las empresas

Qué es y qué no es un accidente laboral. ¿Quien cubre este tipo de accidentes, la empresa o el seguro? ¿Qué tipo de seguro tiene que tener contratada la empresa para cubrir los riesgos que pueda correr su trabajador?

Los accidentes laborales  y la responsabilidad civil patronal de las empresas.

Se considera accidente de trabajo cuando un trabajador, por cuenta ajena o cuenta propia, durante su jornada laboral o cuando realiza el trayecto al puesto de trabajo desde su casa o viceversa (in itínere), sufre lesiones corporales (físicas y/o psíquicas), temporales o permanentes, que pueden incluso provocar su muerte. Se entiende como accidente personal la lesión corporal que deriva de una causa violenta súbita, externa y ajena a la intencionalidad del lesionado que produce una invalidez temporal o permanente o la muerte.

No tienen consideración de accidentes laborales

Hay que tener en cuenta que en los casos de in itínere no entra todo. Hay una serie de excepciones. También las hay cuando el accidente se ha producido por imprudencia temeraria, que hay que tener en cuenta que no es lo mismo que la imprudencia profesional.

Tampoco tienen esta consideración los accidentes de trabajo cuando el accidentado está cometiendo un delito doloso. Tampoco lo son los infartos de miocardio, trombosis, hemorragias cerebrales o similares si no son producto del trabajo.

¿Cuántos seguros hay?

Todos los trabajadores, excepto algunos colectivos profesionales como son los médicos, abogados, ingenieros,…, cotizamos a la seguridad social para pagar un seguro público de asistencia sanitaria para nosotros, nuestros hijos o nuestro cónyuge, de jubilación y para otras prestaciones como serían una pensión por invalidez, viudedad, desempleo, etcétera. Si se trata de empleados, la empresa paga directamente nuestra cotización, en cambio si somos autónomos somos nosotros quienes cotizamos directamente a la TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social).

Por otro lado está el seguro obligatorio que debe pagarse a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Estas aseguradoras de accidentes se ocupan de pagar las prestaciones económicas de la asistencia sanitaria derivada de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, incapacidad temporal y otras prestaciones económicas que les son atribuidas, como sería el caso de una tasación económica de indemnización por invalidez o muerte por accidente laboral.

Por último está el seguro de responsabilidad civil patronal que se ocupa, entre otros, de indemnizar al trabajador accidentado por razón de un accidente de trabajo siempre y cuando la empresa tenga responsabilidad directa de ese accidente. Y para ello indicaremos los siguientes escenarios.

RECLAMAR MI INDEMNIZACIÓN

¿En qué escenarios debe pagar la empresa, o su seguro de responsabilidad civil patronal?

A modo enunciativo, y no limitativo para no extendernos, expondremos las causas más comunes.

  • Cuando el trabajador no tiene la suficiente experiencia o no ha recibido la formación necesaria por parte de la empresa para desarrollar la tarea encomendada.
  • Cuando la tarea desarrollada por el empleado no están dentro de las funciones que marca el convenio colectivo para las que se le contrató.
  • Cuando el accidente sucede fuera del horario laboral.
  • Cuando el accidente se produce fuera del lugar de trabajo.
  • Cuando el trabajador no superó el examen de aptitud físico o psicológico para desarrollar esa tarea causante del accidente.
  • Cuando el trabajador no recibió formación en materia de riesgos laborales por parte del servicio de prevención de riesgos laborales propio o ajeno.
  • Cuando se produce el accidente por culpa de las instalaciones en mal estado o sin certificar y utilizándose.
  • Cuando la empresa no informa al empleado de los riesgos que conlleva esa tarea o puesto de trabajo.
  • Cuando la empresa no ha facilitado al trabajador los Equipos de Protección Individual (EPI) necesarios para desarrollar esa actividad concreta.
  • Cuando se produce el accidente por imprudencia profesional del trabajador.

Por lo tanto, la empresa, y por ende la aseguradora de responsabilidad civil patronal, deberá pagar los daños y perjuicios que haya sufrido el trabajador cuando la causa del accidente haya sido por omisiones, actuaciones negligentes del empresario o por actuaciones que no se adecuan al seguimiento estricto de las normas de obligado cumplimiento por parte de la empresa.

RECLAMAR MI INDEMNIZACIÓN

¿Qué debe pagar la empresa?

No es una ciencia exacta y siempre dependerá de muchas circunstancias, pero a modo muy genérico, deberán indemnizarse al trabajador por las lesiones, daños materiales a objetos de su propiedad (un reloj, ropa, gafas,…), lucro cesante (diferencia de ingresos entre lo que percibía y lo que percibe de la mutua de accidentes de trabajo y EP) y extracostes (taxis, ayudas,…) o pérdidas que haya tenido. En este post ya hablamos de las cosas que el seguro debe pagar, y por tanto, puedes reclamar.

¿Puedo cobrar de dos seguros?

Sí, el empleado puede cobrar de la Mutua de Accidentes de Trabajo y EP y del Seguro de Responsabilidad Civil Patronal de la empresa.

¿Siempre es culpa de la empresa?

Hay otras entidades que también pueden ser responsables de este tipo de accidentes.

Para las empresas que no tienen su propio servicio de prevención de riesgos laborales y tenemos los servicios de prevención externos, los cuales deben ocuparse de la formación de los empleados en materia de seguridad laboral, salud y ergonomía, y que en ocasiones no han hecho lo que debían, pueden pasar ciertos accidentes y ellos son responsables de ese siniestro.

En otras circunstancias los servicios de prevención dan certificados de aptitud a personas que no están capacitadas para desarrollar una actividad determinada y resulta que les habilitan para eso que no podían hacer.

En otras ocasiones el mismo empleado ha faltado a la verdad a la empresa diciendo tener una dilatada experiencia en determinadas labores que no son ciertas.

En otras muchas ocasiones el empleado ha actuado de manera negligente y temeraria, bajo los efectos del alcohol o drogas o por iniciativa propia sin permiso del empleador.

A tener en cuenta

La responsabilidad civil patronal es distinta a la responsabilidad civil de la actividad a la que destinaremos otro post especial para ello. Las pólizas de Responsabilidad Civil Patronal no son obligatorias por ley, aunque si muy recomendables tenerlas contratadas por parte de las empresas.

El seguro de la Mutua de Accidentes de Trabajo y EP indemniza al trabajador por el accidente (muerte o invalidez) sin tener en cuenta la responsabilidad. Sólo mira lo que establece el convenio colectivo del sector e indemniza en función de lo que haya establecido. El seguro de Responsabilidad Civil Patronal mira la responsabilidad del empresario y, si los es, se tasa la valoración de los daños y perjuicios materiales, de las lesiones, etcétera, como si se tratara de un accidente de tráfico para que el seguro o el empresario indemnice. Es como si el empresario fuera el culpable del accidente.

30 replies
  1. Belcampo
    Belcampo says:

    390255 284768A person essentially lend a hand to make significantly articles I may state. That is the really very first time I frequented your web site page and up to now? I amazed with the research you made to create this specific publish incredible. Wonderful activity! 228665

    Responder
  2. ダッチワイフ
    ダッチワイフ says:

    Great post. I was checking constantly this blog and I am impressed!Extremely useful info particularly the last part 🙂 I care for such info much. I was looking for this particular information for a verylong time. Thank you and best of luck.

    Responder
  3. リアルドール
    リアルドール says:

    Fantastic blog! Do you have any tips for aspiring writers?I’m hoping to start my own site soon but I’m a little lost on everything.Would you suggest starting with a free platform like WordPressor go for a paid option? There are so many options out there that I’m completely confused.. Any recommendations? Bless you!

    Responder
  4. セクシー ランジェリー
    セクシー ランジェリー says:

    Your style is very unique compared to other people I’ve read stuff from. Thank you for posting when you’ve got the opportunity, Guess I’ll just book mark this web site.

    Responder
  5. リアルドール
    リアルドール says:

    It’s really very difficult in this full of activity life to listen news on TV,thus I only use web for that purpose, and get the latest news.

    Responder
  6. fazele lunii 2024
    fazele lunii 2024 says:

    379108 979915Attractive section of content. I just stumbled upon your weblog and in accession capital to assert that I acquire actually enjoyed account your weblog posts. Anyway I will be subscribing to your augment and even I achievement you access consistently swiftly. 426652

    Responder
  7. ラブドール
    ラブドール says:

    Hello to every one, the contents present at this web page are in fact amazing for peopleknowledge, well, keep up the good work fellows.

    Responder
  8. ダッチワイフ
    ダッチワイフ says:

    The next time I read a blog, Hopefully it does not fail me as much as this one. After all, I know it was my choice to read through, but I genuinely believed you would have something useful to say. All I hear is a bunch of whining about something you could possibly fix if you weren’t too busy seeking attention.

    Responder
  9. リアル ドール
    リアル ドール says:

    Everything is very open with a really clear explanation of the challenges.It was really informative. Your website is useful. Thanks for sharing!

    Responder
  10. unicvv alternative
    unicvv alternative says:

    360739 600336Hey, you used to write amazing, but the last several posts have been kinda boring I miss your tremendous writings. Past few posts are just just a little bit out of track! come on! 799663

    Responder
  11. 방콕 변마
    방콕 변마 says:

    584801 674302Oh my goodness! a amazing post dude. Thanks Nevertheless My business is experiencing concern with ur rss . Dont know why Not able to sign up for it. Possibly there is any person obtaining identical rss difficulty? Anyone who knows kindly respond. Thnkx 235712

    Responder
  12. earn passive income
    earn passive income says:

    480170 109567Wow, great weblog layout! How long have you been blogging for? you make blogging appear effortless. The overall appear of your internet web site is wonderful, let alone the content material! 849032

    Responder
  13. Juanjo
    Juanjo says:

    Hola buen día ,soy sanitario trabajo en instituto catalán de salut llevo 18 meses de baja por accidente biológico con resolución del INSS de at /EP.comovreclamar indemnización por finiquito y cómo saber si el ICS tiene seguro por convenio?y si no tiene seguro y me quedo una discapacidad 65%? Gracias

    Responder
    • ClaimCenter
      ClaimCenter says:

      Debería estudiarse el caso detenidamente junto con todos los extremos del accidente y ver si existe Responsabilidad Patrimonial de la Administración.
      Respecto si existe seguro de accidente que cubra esta circunstancia es poco probable por la propia definición de accidente descrita en el artículo 100 de la Ley 50/1980.

      Responder
  14. Antos
    Antos says:

    Saludos, soy fontanero, la empresa donde trabajaba llevaba el mantenimiento de las estaciones de Bomberos, un día me envían ayudar a un compañero albañil, el problema era que el techo parecía vencido, tenia puntales, el albañil los retiro aunque le pregunte si eso era viable. Me mandaron a desmontar las pantallas de luces y nada mas desmonte una el techo se desprendió. Cause baja, me operaron de rotura en tendones del hombro y estoy en revision por el golpe recibido en la cabeza. Fremap me paga los dias y los desplazamientos, llevo mas de un año de terapias y el INSS me dan lesión permanente en el hombro de mas de un 50%. ¿Puedo reclamar al seguro de la empresa o al del cuerpo de bomberos?. Gracias

    Responder
    • ClaimCenter
      ClaimCenter says:

      Por lo que nos está comentando podría haber responsabilidad civil patronal y/o de la actividad. Debería estudiarse su caso detenidamente, sobre todo las circunstancias y consecuencias del accidente para ver a qué indemnizaciones usted tiene derecho.

      Responder
  15. Isabel
    Isabel says:

    Hola ,hace 6 meses tube un accidente laboral in itinere con lesiones muy graves en el que me dan la incapacidad total para mi trabajo
    Yo trabajaba en una pizzeria de ayudante de pizzera
    El seguro de responsavilidad civil de la pizzeria tiene derecho a darme una imdemnizacion? Y si es que si que seria lo que me cubre? Un saludo

    Responder
    • ClaimCenter
      ClaimCenter says:

      El seguro de responsabilidad civil patronal de la pizzería cubre cuando el patrono tiene responsabilidad. En su caso, al padecer el accidente camino al trabajo es muy difícil imputar la responsabilidad de la eventualidad del mismo al empresario. Nosotros le desaconsejamos esta via.
      Otra circunstancia distinta es que usted tenga que cobrar alguna indemnización de la Mutua de Accidentes de Trabajo, algún seguros de accidentes incluido en la hipoteca o alguna póliza de vida suscrita que también incluya accidentes.
      También podría preguntar si el seguro de la empresa incluye accidentes de trabajo de sus empleados, a modo de una póliza de accidentes colectivo de los trabajadores.
      Si te ha servido nuestra respuesta, te agradeceríamos que nos pusieras una reseña en google. Gracias

      Responder
  16. José Carlos carrasco
    José Carlos carrasco says:

    Bueno días tuve un accidente cuando iba sirculando por una carretera libre zapotlanejo en jal ya que ese tramo de carretera es federal cuando yo choque la camioneta yo iba sirculando cuan la camioneta se dio una vuelta próvida el amigo se fue yo no pude a ser nada ya que el carro fue perdida total el seguro no más cubría los daños materiales ami no me cubría los daños que me paso durante el choque mi patrón me quiere cobrar el redusible del carro 20,000 ya que fue durante mi hora de trabajo yo estoy obligado a pagar el redusible del carro de la empresa ami no me pudo cubrir los golpes mi patrón no me paso nada pero si me quiere cobrar el total del redusible si estaba trabajando

    Responder
    • ClaimCenter
      ClaimCenter says:

      Hola. Entendemos que se trata de un accidente de tráfico donde usted tuvo la culpa. La camioneta tenía un seguro de daños propios con un deducible (franquicia) de 20.000 $ (Pesos mexicanos). Al ser usted el culpable del accidente su patrón quiere que sea usted quien asuma esa cantidad correspondiente al deducible (los 20.000 $).
      No conocemos la legislación en materia laboral de México pero si un trabajador, utilizando una máquina (en su caso la camioneta) de la empresa y si no existe dolo ni mala fe del trabajador, será el empresario (patrono) quien deba asumir íntegramente el coste de los daños causados a la máquina cuando la utilizaba el empleado para desarrollar su normal actividad.
      Si su patrón no quiso transferir todo el riesgo a la aseguradora y quiso retener parte del riesgo (los 20.000 $ de deducible o franquicia), es él y no usted quien debe asumir los 20.000 $. No usted.
      De hecho, si su patrón tuviera razón, la aseguradora de la camioneta podría recobrarle a usted el importe indemnizado a su patrón en concepto de la pérdida total menos salvamento, y por lo que intuimos, la aseguradora no le reclama nada porque la Ley mexicana no se lo debe permitir. Por tanto, su patrón tampoco puede reclamarle el deducible (la franquicia).
      Si te ha servido nuestra respuesta, te agradeceríamos que nos pusieras una reseña en google. Gracias

      Responder
  17. Paco
    Paco says:

    Si soy propietario de un piso. Tenemos limpiadora. No hay accidente pero la inspección laboral nos denuncia ( hay administrador profecional) yo puedo en ese caso tener seguro Rc que me cubra mi parte proporcional

    Responder
  18. Francisco Espinosa Benito
    Francisco Espinosa Benito says:

    Soy autónomo he tenido un accidente laboral Me he hecho daño en la rodilla he ido a la mutua Fremap u me han dado la baja temporal… Hay algún seguro de accidente en la póliza a de responsabilidad civil que pago? Podría cobrar algo por el accidente?

    Responder

Trackbacks & Pingbacks

  1. […] este post daremos los detalles más importantes en los que se fija un perito para evaluar un siniestro de responsabilidad civil patronal y saber si hay o no cobertura según el contrato firmado entre asegurado (empresa) y […]

Leave a Reply

Want to join the discussion?
Feel free to contribute!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *