La necesidad de tener una póliza de defensa y reclamación jurídica
¿Para qué sirve contratar una póliza de defensa y reclamación jurídica a parte, si ya la tengo incluida en la póliza del hogar o del vehículo?
¿Para qué sirve contratar una póliza de defensa y reclamación jurídica a parte, si ya la tengo incluida en la póliza del hogar o del vehículo?
No entraremos a explicar de manera extensa y detallada cuáles son las funciones del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) y para qué sirve, ya que necesitaríamos una “Wikipedia”. Pero lo que haremos de manera muy genérica es explicar cómo nos afecta a los usuarios, en los casos más frecuentes, a la hora de cobrar accidentes que se han producido en unas circunstancias muy concretas.
En muchas ocasiones desde hace muchísimos años, como peritos y expertos en seguros actuando de algún modo con todas las aseguradoras del mercado en distintos productos como son seguros de vida, hogar, autos, empresas, buques, responsabilidad civil, etcétera, siempre nos preguntan ¿Cuál es el mejor seguro? ¿Puedo estar tranquilo con este seguro? ¿Estoy protegido?
En muchas ocasiones no estamos de acuerdo con las resoluciones que la aseguradora nos da. Esto sucede tanto en seguros de vehículos, accidentes de circulación, responsabilidad civil, viviendas, empresas, de salud, de vida, etcétera. Por tanto, si somos usuarios, ya sea asegurados o perjudicados en accidentes, y creemos que la aseguradora no ha hecho lo que debía, ¿qué debo hacer? Presentar una queja o reclamación al Servicio de Atención al Cliente.
En el mercado hay buenas y malas aseguradoras. Del mismo modo pasa con los médicos, peritos, operarios, políticos, jueces, talleres, etcétera. Es la condición humana. Habitualmente las malas aseguradoras, que no las buenas, quieren timar a los asegurados o perjudicados en accidentes para así obtener un beneficio de lo que no les pertenece. En este post explicaremos cómo lo hacen para timar y blindar el timo.
Si el seguro no me paga, existen dos vías para que la aseguradora me pague lo que toca en el plazo legal establecido: La judicial y la administrativa.
Fui perjudicado en un accidente de circulación. Mi aseguradora se encargó de reparar mi coche cuando debía ser la contraria quien lo hiciera, pero me dijeron que lo hacían por un convenio que hay entre aseguradoras. Alquilé un vehículo de substitución mientras el mío estaba en el taller. Mi seguro de “asistencia jurídica” no consiguió que me pagaran mis lesiones ni el alquiler del coche de substitución, por lo que encontré a ClaimCenter quienes sí lo consiguieron. Finalmente reclamé la factura de ClaimCenter a mi compañía de Asistencia jurídica, la cual me reembolsó parte de la factura.
Cuando los usuarios sufrimos accidentes y debemos cobrar la prestación del seguro (sea de una póliza del hogar, del vehículo, de la empresa, del comercio, etc), debemos cobrar de la aseguradora del culpable que nos ha causado el daño. En este caso, nos pueden suceder dos cosas:
Muchas personas dicen que los seguros nos protegen pero no nos dicen de qué. ¿Nos protegen de enfermar? ¿Impedirán que unos ladrones asalten nuestro comercio? ¿Nos protegen de sufrir un incendio? ¿Evitan que tengamos una colisión con el automóvil? ¿Impedirán que nuestro padre muera? Rotundamente NO.
En mi vida he tenido varios siniestros con distintas aseguradoras, y en ocasiones ha ido todo muy bien y en otras ha sido una auténtica pesadilla. Si las leyes son igual para todos, ¿cómo puede ser que haya tal disparidad de criterios y maneras de hacer? ¿Cuáles son los reguladores y supervisores del sector asegurador?